4to evento. Charla sobre el consumo


Como claramente se indica en el título, en esta ocasión escuchamos a un experto hablando sobre los derechos de los consumidores, derechos que muy pocos sabemos cuales son, en que consisten y que hacer si alguna empresa no los cumple.

Lo primero de todo, fue comentar las dos líneas de trabajo principales que llevan a cabo desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), que principalmente consiste en la información y formación de la población, en general, y en centros educativos, específicamente. Nos expuso las diferentes actividades y trabajo que llevan a cabo desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Principalmente, una gran cantidad de actividades, presentaciones y cursos que se ofertan para los colegios y la población en general. La temática de estas actividades es muy diversa para englobar todas las posibilidades del consumo actual, que no son pocos: alimentación saludable, aprender a comprar, de donde provienen los alimentos, la publicidad, la fabricación de productos, etc.

Todo ello también ofertado para la población en general, la diferencia se encuentra en que se ha de acudir al centro de la OMIC para aprender el contenido que se haya seleccionado.

Ahora bien, el servicio más importante que dan y que muy pocos conocen y, por tanto, usan es el de gestionar las diferentes quejas, reclamos, incidencias y problemas que se nos puede presentar al consumidor en la relación entre vendedor y consumidor. ¿A cuánta gente conoces que su compañía de teléfono le ha cobrado de más y no le devuelve el dinero?... En la gran mayoría de casos estas personas se quedan sin hacer nada porque no saben que existe la OMIC.

En la OMIC, tras recibir una queja sobre cualquier tipología en la relación vendedor-consumidor, llevan a cabo un proceso mediador en el que primero se le hace saber que no está obrando bien bajo las leyes existentes y como cumplirlas y, de ser posible (ya que es un proceso voluntario) si quiere llegar a un acuerdo con el consumidor antes de pasar a la vía judicial.

El aceptar un proceso mediador es un punto positivo para el vendedor, no solo que hacer ver su “buena fe” y su “buen querer hacer” en el desarrollo de su trabajo, y por tanto deberes, y puede que lo que tenga que deber o hacer para subsanar el fallo sea menos que en un proceso judicial, y para el consumidor, pues puede llegar ahorrar tiempo, dinero y esfuerzo en un largo proceso judicial en el que con el pasar del tiempo se van perdiendo las posibilidades de justicia (“ganar”).

Eso sí, siempre con la idea de que una mediación es el intentar llegar a un acuerdo conjunto, ambas partes pierden algo, para ambas ganar también.

Lo que aprendí este día fue que existe un organismo, un tanto desconocido, que conoce y defiende los derechos del consumidor y pone a disposición de la población dichos conocimientos y servicios.

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